Los Pobres y la Reforma Fiscal Integral

Víctor L. Rodríguez


Hay que ver muchos libros sobre tributación para encontrar una definición de reforma fiscal. El profesor Federico. Herschel decía que el significado y la profundidad de una reforma fiscal dependen fundamentalmente del sentido que se le atribuye. Para el francés, Maurice Laure, una reforma fiscal es una renovación suficientemente profunda de la legislación tributaria para eliminar los defectos generales de los impuestos en vigor. Algunos dirán que la definición de Laure no es precisa porque lo fiscal se refiere también al gasto público. El profesor Herschel aclaraba que se hablaba tanto de reforma fiscal que muchas veces daba la impresión de que cualquier cambio en la legislación tributaria podría llegar a constituirse en tal reforma.

Si parece difícil encontrar en un texto la acepción del concepto reforma fiscal, resulta algo más complicado establecer el significado del concepto de reforma fiscal integral. Se habla tanto de reforma fiscal integral que uno teniendo una idea de lo que significa reforma tributaria o fiscal no se atreve a preguntar que significa integral, pues es tan extendido el uso del vocablo que uno asume que debe ocultar su ignorancia con el silencio y unirse al coro para que no se note que no sabe de lo que habla, pero siempre hay un afán humano de saber de las cosas, que obliga a separar lo claro y distinto de lo oscuro y confuso.

Buscando el significado de la palabra integral, para calificar una reforma tributaria o fiscal, uno observa que esta palabra tiene diferentes significados y como algunos conceptos considerados nuevos sirven para renombrar cosas viejas de tal forma que parezcan nuevas.         

En la sana virtud de dar nuevos nombres a las cosas siempre hay muchos economistas. Los de esta categoría desdeñan los impuestos como instituciones jurídicas y le importa poco, salvo cuando afectan los intereses que defienden, que los mismos se establezcan por medio de la ley, de acuerdo con el principio de legalidad, o por cualquier otra disposición no legal, pero si le preocupa la eficacia operativa de los tributos como instrumentos de política económica, para que estos respondan a la obtención de los objetivos prestablecidos en su noción normativa del orden de las cosas, que siempre está marcada con razones ideológicas cubiertas con lúgubres y ascéticos criterios técnicos. 

La política tributaria como una política instrumental se define como ateleológica. De acuerdo con este criterio los instrumentos tributarios no están relacionados con fines ideológicos específicos, los objetivos vienen dado por el nivel político. La eficacia operativa de los instrumentos de la política tributaria se establece por su adecuación para la consecución de los fines pretendidos alrededor de los cuales están los matices ideológicos, pero los tributos sólo son instrumentos. Para establecer si hay racionalidad en el  uso de un instrumento de política económica únicamente se tiene que observar si hay una adecuación entre el instrumento y el objetivo que se pretende. Si alguien pretende clavar un clavo y utiliza un serrucho habría una inadecuación entre instrumento y propósito, y no un problema ideológico, y viceversa, si alguien pretende cortar madera con un martillo para tal objetivo toma el instrumento equivocado y la eficacia operativa del instrumento para el logro de ese objetivo sería nula y tales pretensiones no serían racionales. El problema ideológico vendría al momento de determinar a quien clavamos y a quien cortamos.

Conociendo la inadecuación de uno u otro instrumento tributario para lograr uno u otro objetivo, y para que lo que es útil una u otra figura tributaria, se pueden analizar las propuestas tributarias de los grupos de presión y tener algunas pistas de los fines que se pretenden, que a veces no son explícitos porque no se quieren exponer, ya que de algunas propuestas tienen como único propósito beneficiar a una minoría opulenta en un país de grandes desigualdades. Dejando al margen los objetivos de equidad y justicia en el sistema tributario.     

Establecer un impuesto sobre la renta con dos tasa, 0 y 14%,  sólo puede tener un objetivo: reducir el impuesto de los ricos. Como se ha hecho con el impuesto sobre sucesiones que su tasa se ha sido reducida sólo a un 3% y sobre las donaciones que ha sido anulado. Argumentado en este último caso que se debe eliminar el impuesto sobre las donaciones, como al efecto se ha hecho por vía de una rara inconstitucionalidad, para que los opulentos puedan donarles apartamentos o Mercedes Benz a sus hijos o hijas, o a sus amantes, sin el pago del impuesto y también puedan evadir el pago del Impuesto sobre la Renta. Algunas propuestas de cambios tributarios sólo pretenden instituir un sistema tributario basado exclusivamente en la imposición al consumo que grava en mayor proporción el ingreso de los  pobres que al de los ricos. 

Lo que algunos sectores económicos definen como una reforma fiscal integral es la propuesta de un programa político que no tiene la legitimidad de ser refrendado por medio del voto de los ciudadanos, donde se propone una reducción del gasto público con el fin de eliminar cualquier gasto considerado oneroso y suntuario. Pero que también pretende dejar el gasto como un instrumento inútil de la política fiscal para alcanzar fines redistributivos y de justicia económica, cuando los ajuste pueden afectar a los sectores más pobres.

Una reforma tributaria no puede sostenerse en la unanimidad mediática creada por los que pueden ir a la radio o la televisión para pedir políticas que afecten sólo a la gente que no pueden ir a los medios. Un gobierno con una vocación social no puede renunciar al uso de los instrumentos de política económica que le permiten atender a los más pobres. Si bien hay que reducir el gasto público en diferentes áreas de derroche es necesario indicar cuales, no platear reducir el gasto como si esto tuviera las mismas implicaciones para todos los dominicanos. No se puede tener un coro en lo mejor de los dos mundos: pidiendo un aumento del gasto en educación y por otro lado pretendiendo una reducción de los ingresos tributarios y del gasto público que haga imposible tal objetivo.    

Tampoco se puede pretender presentar una propuesta de reforma tributaria con argumento viejo sobre la reducción de impuestos que nadie ligeramente informado de los temas tributarios cree, y que siempre han existido. El presupuesto equilibrado no debe servir como argumento para reducir el gasto social y el gasto en los pobres, objetivo último de los sectores que hablan de la reducción del gasto gubernamental sin discriminar y de los que pretenden una reducción de los impuestos que deben pagar los ricos. 
publicado en: Acento.com.do, 22/09/12

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