Los Pobres y la Reforma Fiscal
Integral
Víctor L. Rodríguez
Hay que ver muchos libros sobre
tributación para encontrar una definición de reforma fiscal. El profesor
Federico. Herschel decía que el significado y la profundidad de una reforma
fiscal dependen fundamentalmente del sentido que se le atribuye. Para el
francés, Maurice Laure, una reforma fiscal es una renovación suficientemente
profunda de la legislación tributaria para eliminar los defectos generales de
los impuestos en vigor. Algunos dirán que la definición de Laure no es precisa
porque lo fiscal se refiere también al gasto público. El profesor Herschel
aclaraba que se hablaba tanto de reforma fiscal que muchas veces daba la
impresión de que cualquier cambio en la legislación tributaria podría llegar a
constituirse en tal reforma.
Si parece difícil encontrar en un
texto la acepción del concepto reforma fiscal, resulta algo más complicado
establecer el significado del concepto de reforma fiscal integral. Se habla
tanto de reforma fiscal integral que uno teniendo una idea de lo que significa
reforma tributaria o fiscal no se atreve a preguntar que significa integral,
pues es tan extendido el uso del vocablo que uno asume que debe ocultar su
ignorancia con el silencio y unirse al coro para que no se note que no sabe de lo
que habla, pero siempre hay un afán humano de saber de las cosas, que obliga a
separar lo claro y distinto de lo oscuro y confuso.
Buscando el significado de la
palabra integral, para calificar una reforma tributaria o fiscal, uno observa
que esta palabra tiene diferentes significados y como algunos conceptos considerados
nuevos sirven para renombrar cosas viejas de tal forma que parezcan
nuevas.
En la sana virtud de dar nuevos
nombres a las cosas siempre hay muchos economistas. Los de esta categoría
desdeñan los impuestos como instituciones jurídicas y le importa poco, salvo
cuando afectan los intereses que defienden, que los mismos se establezcan por
medio de la ley, de acuerdo con el principio de legalidad, o por cualquier otra
disposición no legal, pero si le preocupa la eficacia operativa de los tributos
como instrumentos de política económica, para que estos respondan a la
obtención de los objetivos prestablecidos en su noción normativa del orden de
las cosas, que siempre está marcada con razones ideológicas cubiertas con lúgubres
y ascéticos criterios técnicos.
La política tributaria como una
política instrumental se define como ateleológica. De acuerdo con este criterio
los instrumentos tributarios no están relacionados con fines ideológicos específicos,
los objetivos vienen dado por el nivel político. La eficacia operativa de los
instrumentos de la política tributaria se establece por su adecuación para la
consecución de los fines pretendidos alrededor de los cuales están los matices
ideológicos, pero los tributos sólo son instrumentos. Para establecer si hay
racionalidad en el uso de un instrumento
de política económica únicamente se tiene que observar si hay una adecuación
entre el instrumento y el objetivo que se pretende. Si alguien pretende clavar
un clavo y utiliza un serrucho habría una inadecuación entre instrumento y
propósito, y no un problema ideológico, y viceversa, si alguien pretende cortar
madera con un martillo para tal objetivo toma el instrumento equivocado y la
eficacia operativa del instrumento para el logro de ese objetivo sería nula y
tales pretensiones no serían racionales. El problema ideológico vendría al
momento de determinar a quien clavamos y a quien cortamos.
Conociendo la inadecuación de uno
u otro instrumento tributario para lograr uno u otro objetivo, y para que lo
que es útil una u otra figura tributaria, se pueden analizar las propuestas
tributarias de los grupos de presión y tener algunas pistas de los fines que se
pretenden, que a veces no son explícitos porque no se quieren exponer, ya que
de algunas propuestas tienen como único propósito beneficiar a una minoría
opulenta en un país de grandes desigualdades. Dejando al margen los objetivos
de equidad y justicia en el sistema tributario.
Establecer un impuesto sobre la
renta con dos tasa, 0 y 14%, sólo puede
tener un objetivo: reducir el impuesto de los ricos. Como se ha hecho con el
impuesto sobre sucesiones que su tasa se ha sido reducida sólo a un 3% y sobre
las donaciones que ha sido anulado. Argumentado en este último caso que se debe
eliminar el impuesto sobre las donaciones, como al efecto se ha hecho por vía
de una rara inconstitucionalidad, para que los opulentos puedan donarles
apartamentos o Mercedes Benz a sus hijos o hijas, o a sus amantes, sin el
pago del impuesto y también puedan evadir el pago del Impuesto sobre la Renta. Algunas
propuestas de cambios tributarios sólo pretenden instituir un sistema
tributario basado exclusivamente en la imposición al consumo que grava en mayor
proporción el ingreso de los pobres que al
de los ricos.
Lo que algunos sectores económicos
definen como una reforma fiscal integral es la propuesta de un programa
político que no tiene la legitimidad de ser refrendado por medio del voto de
los ciudadanos, donde se propone una reducción del gasto público con el fin de
eliminar cualquier gasto considerado oneroso y suntuario. Pero que también
pretende dejar el gasto como un instrumento inútil de la política fiscal para
alcanzar fines redistributivos y de justicia económica, cuando los ajuste
pueden afectar a los sectores más pobres.
Una reforma tributaria no puede
sostenerse en la unanimidad mediática creada por los que pueden ir a la radio o
la televisión para pedir políticas que afecten sólo a la gente que no pueden ir
a los medios. Un gobierno con una vocación social no puede renunciar al uso de
los instrumentos de política económica que le permiten atender a los más pobres.
Si bien hay que reducir el gasto público en diferentes áreas de derroche es
necesario indicar cuales, no platear reducir el gasto como si esto tuviera las
mismas implicaciones para todos los dominicanos. No se puede tener un coro en
lo mejor de los dos mundos: pidiendo un aumento del gasto en educación y por
otro lado pretendiendo una reducción de los ingresos tributarios y del gasto
público que haga imposible tal objetivo.
Tampoco se puede pretender
presentar una propuesta de reforma tributaria con argumento viejo sobre la
reducción de impuestos que nadie ligeramente informado de los temas tributarios
cree, y que siempre han existido. El presupuesto equilibrado no debe servir
como argumento para reducir el gasto social y el gasto en los pobres, objetivo
último de los sectores que hablan de la reducción del gasto gubernamental sin
discriminar y de los que pretenden una reducción de los impuestos que deben
pagar los ricos.
publicado en: Acento.com.do, 22/09/12
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